DESPIDO POR INFECCIÓN DE CORONAVIRUS

Covid 19 y despido

El Juzgado Social 9 de Murcia en Sentencia de Diciembre 2020 ha declarado Nulo por discriminatorio el despido de una trabajadora de un supermercado durante el estado de alarma infectada de coronavirus.  

La trabajadora ha sido defendida por el abogado Félix Pérez González   ( Despacho de Abogados Domingo Núñez & Asociados )  y es la primera conocida en declarar la nulidad   (  que diferencia de un despido improcedente no da a la empresa la posibilidad de elegir entre readmitir o pagar la indemnización legal según antigüedad ),  de ahí la atención que ha tenido en la prensa local, regional y nacional.

El despido (  bajo excusa de disminución continuado del rendimiento ) se produjo poco tiempo después de que se hubiese hecho fija a la trabajadora y en las horas inmediatas a que ésta comunicara que padecía síntomas de infección de coronavirus y que iba a iniciar baja laboral. 

La Sentencia considera que no se justificaron los motivos alegados en la carta de despido, y tomando en consideración el contexto en el que se produce, el Juzgador llega a la conclusión de que el despido vulnera derechos fundamentales de la trabajadora e infringido la prohibición de discriminación por una enfermedad estigmatizante   ( la que produce en terceras personas actitudes de rechazo, reparo, repulsión o miedo ).

La Sentencia condena a la empresa a la readmisión de la trabajadora y al pago de los salarios desde el despido, y además a abonar 6.250 euros como  indemnización por daños morales.

Si sufre una conducta empresarial similar a la anterior puede contactar con el despacho de  Abogados  Domingo Núñez & Asociados para su asesoramiento.

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