ONCÓLOGA DE APARIENCIA, DOCTORA DE FAMILIA COLEGIADA

La familia de una paciente fallecida por neoplasia, una vez superado su duelo inmediato, se decidió a interponer denuncia ante la Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de Murcia frente a la Doctora J.M.M.L.  – supuestamente Especialista en Oncología – que atendió todo el proceso asistencial.

La Inspección Sanitaria por Resolución de Julio 2020  ha acordado      cautelarmente el “ cese y  suspensión provisional de la práctica médica “  que llevaba a cabo la referida Doctora por carecer de la especialidad en Oncología y sólo estar en posesión de la especialidad de Medicina Familiar.

La paciente y su familia siempre estuvieron en el convencimiento de que la Doctora que atendía todas sus visitas,  le prescribía de su puño y letra pruebas diagnósticas, medicación y las sesiones de radio y quimioterapia, las valoraba y les informaba de la evolución de la enfermedad era verdaderamente Especialista en Oncología, como era de presumir en buena lógica tras haber sido derivada por ASISA – en su condición de funcionaria jubilada – desde Cartagena al Hospital Concertado de Murcia para recibir la asistencia especializada que precisaba.

Tras el fallecimiento de la paciente, y ante las incoherencias que se detectaron en la fase terminal de la enfermedad, la familia inició pesquisas que le llevaron a conocer que la única Doctora que había sido su interlocutora y tratante directa, carecía de especialidad en Oncología ( a diferencia de su compañera de sociedad concertada con ASISA , que sí era especialista pero de la que nunca supieron).

La familia – asesorada por el Despacho de Abogados DOMINGO NÚÑEZ & ASOCIADOS –  una vez recabadas la historia clínica y demás pruebas denunciaron ante la Inspección Sanitaria de Murcia la actuación de la Doctora y del Hospital HLA en cuyas instalaciones alojaba su Consulta particular por grave vulneración de derechos del paciente ante la falta de transparencia e información veraz y por la pérdida de oportunidad al no haber podido recabar una segunda opinión  y / o tratamiento a cargo de un auténtico especialista en Oncología.

Además, la Inspección Sanitaria  ha exigido cautelarmente, a la Doctora la exigencia efectiva de la obligación de  “ IDENTIFICARSE ANTE LOS PACIENTES COMO MÉDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA  Y NUNCA COMO ESPECIALISTA NI COMPETENCIA EN ONCOLOGÍA MÉDICA “.    

Con prohibición de “ INTERVENIR EN ACTOS MÉDICOS QUE CORRESPONDAN EN EXCLUSIVA AL MÉDICO ESPECILISTA EN ONCOLOGÍA MÉDICA,  DE ACUERDO CON LA Ley 44 / 2003. ENTENDIENDO ÉSTOS COMO DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO CORRESPONDIENTES A ÉSTA ESPECIALIDAD “   

Y  ha exigido, cautelarmente, al Hospital Concertado HLA  para que                “  LA INFORMACIÓN QUE DÉ A LOS USUARIOS DE ACUERDO CON LA LEY 41 / 2002  DEBE DE SER VERAZ PARA LO CUAL LO PRIMERO ES QUE EL FACULTATIVO RESPONSABLE DEL PACIENTE EN EL ACTO DE DAR INFORMACIÓN Y OTORGAR SU CONSENTIMIENTO, ÉSTE DEBE IDENTIFICARSE RESPECTO A SU ESPECIALIDAD Y COMPETENCIA PROFESIONAL “

La familia permanece aún en espera de la explicación o disculpa de ASISA,  que guarda silencio pese a ser conocedora de la denuncia, como entidad que daba la cobertura médica y que había derivado a la paciente a una asistencia especializada.

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